Reserva del puesto de trabajo con incapacidad permanente

La reserva del puesto de trabajo es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores para aquellos empleados que han sido declarados con incapacidad permanente. Sin embargo, este derecho no siempre se aplica y está sujeto a ciertos requisitos y condiciones.

En este artículo, vamos a analizar en profundidad qué es la reserva del puesto de trabajo en caso de incapacidad permanente y cómo funciona.

Reserva del puesto de trabajo con incapacidad permanente
Reserva del puesto de trabajo con incapacidad permanente

Efectos de la declaración de incapacidad permanente

Cuando a un trabajador se le concede una incapacidad permanente, ya sea total, absoluta o de gran invalidez, esto implica la extinción de la relación laboral, según establece el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores. No obstante, existen dos situaciones en las cuales la relación laboral puede no ser extinguida:

  1. Si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) considera que existe la posibilidad de una mejoría en el plazo de dos años y así lo comunica a la empresa. En este caso, la relación laboral se suspende, a la espera de que se produzca dicha mejoría en el plazo establecido.
  2. Si el convenio colectivo al que está sujeto el trabajador establece la obligación o el derecho de la empresa de recolocar al empleado en otro puesto de trabajo dentro de la empresa, siempre y cuando sea compatible con el grado de incapacidad concedida.

Además, es necesario tener en cuenta que, en caso de extinción o suspensión de la relación laboral, la empresa está obligada a abonar al trabajador el finiquito correspondiente, que incluye la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones generadas y no disfrutadas.

Reserva del puesto de trabajo durante dos años

El artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores establece que, cuando exista la posibilidad de que la situación de incapacidad del trabajador sea revisada por mejoría que permita su reincorporación al puesto de trabajo, se mantendrá la suspensión de la relación laboral con reserva del puesto de trabajo durante un periodo de dos años a partir de la fecha de la resolución que declara la incapacidad permanente.

Es importante resaltar que la reserva del puesto de trabajo solo es aplicable cuando la posibilidad de mejoría consta expresamente en la resolución administrativa o judicial que se envía a la empresa por parte de la Dirección provincial del INSS, según lo establecido por el Tribunal Supremo en una sentencia de 2008.

El plazo de los dos años comienza a contar desde la fecha de firmeza de la resolución de incapacidad permanente y no se puede prorrogar. Es indiferente que el INSS notifique al trabajador la revisión de la incapacidad permanente antes de que transcurran los dos años, ya que es necesario que también dentro de ese plazo se emita la resolución que elimina la incapacidad permanente.

Aunque el Real Decreto 1300/1995 hace referencia a la posibilidad de instar la revisión antes de los dos años, el Tribunal Supremo ha establecido que esta norma es de inferior rango al Estatuto de los Trabajadores y, por lo tanto, el plazo de dos años debe contarse desde la fecha de la resolución.

Es relevante tener en cuenta que todas las incapacidades son revisables hasta la edad ordinaria de jubilación, según lo establecido por la Ley General de la Seguridad Social. Sin embargo, la revisabilidad no implica necesariamente que el INSS establezca la posibilidad de mejoría en la resolución de la incapacidad permanente, lo cual es fundamental para la reserva del puesto de trabajo.

Reserva del puesto de trabajo durante 2 años
Reserva del puesto de trabajo durante 2 años

Procedimiento para solicitar la reincorporación

El estatuto de los trabajadores no regula específicamente el procedimiento para solicitar la reincorporación después de la reserva del puesto de trabajo. Sin embargo, el Real Decreto 1451/1983 establece que los trabajadores que hayan recuperado su plena capacidad laboral después de haber sido declarados con una incapacidad permanente deben comunicarlo a la empresa y a los representantes del personal en un plazo de un mes a partir de la declaración de aptitud por parte del organismo correspondiente.

Aunque existen dudas sobre si este Real Decreto regula el procedimiento de incorporación en el caso de la reserva del puesto, algunas sentencias judiciales han interpretado que el plazo de un mes no es aplicable en estos casos. Por lo tanto, se recomienda que el trabajador comunique su intención de reincorporarse a la empresa lo antes posible, una vez haya superado la incapacidad permanente.

Es fundamental tener en cuenta que cada caso puede ser diferente y que es importante consultar con un abogado especializado en derecho laboral para obtener asesoramiento personalizado y adecuado a la situación específica.

Volver a la empresa pasados los dos años o cuando no ha existido reserva del puesto

Una vez transcurridos los dos años de la reserva del puesto de trabajo o cuando no se ha aplicado la reserva debido a la falta de posibilidad de mejoría, pueden ocurrir diferentes escenarios.

En primer lugar, si justo antes de que finalice el plazo de los dos años se solicita la revisión de la incapacidad del trabajador y se determina que ha habido mejoría y que puede reincorporarse a su puesto, el empresario tiene la obligación de readmitirlo en su puesto de trabajo.

Por otro lado, puede darse el caso de que, al llegar la revisión, se concluya que el trabajador continúa en situación de incapacidad permanente. En este caso, el empresario ya no tiene la obligación de reservarle el puesto de trabajo y la relación laboral quedará extinguida.

También puede suceder que el INSS retire la prestación de incapacidad permanente al trabajador después de los dos años. En esta situación, el empresario tampoco tiene la obligación de readmitir al trabajador en su puesto.

¿Tengo derecho a indemnización?

En caso de que el empresario no readmita al trabajador cuando está obligado a hacerlo, este último tiene la posibilidad de demandarlo ante la jurisdicción social. En este caso, es probable que se considere como un despido improcedente, incluso si el trabajador ha recibido el finiquito antes de comenzar a percibir la pensión por incapacidad permanente.

En resumen, la reserva del puesto de trabajo en caso de incapacidad permanente es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, pero está sujeto a ciertos requisitos y condiciones. Si cumples con estos requisitos y tu empresa no cumple con su obligación de reservar tu puesto, tienes derecho a reclamar y demandar ante la jurisdicción social. Recuerda siempre buscar asesoramiento legal para garantizar el cumplimiento de tus derechos laborales.

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